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MÉRIDA, Yuc, 2 de abril de 2020.- La Procuraduría Federal del Consumidor, Profeco, emitió un mensaje para toda la ciudadanía que se ha preguntado si debe pagar o no las colegiaturas ante la suspensión de clases.
“Sí deben pagarse. El decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), no elimina la obligación del pago de colegiaturas, porque la contingencia está denominada como causa de fuerza mayor, por lo que los proveedores, en este caso las escuelas privadas, no pueden continuar dando clases”.
El Procurador Federal del Consumidor, Ricardo Sheffield Padilla, señaló que es conveniente, que las escuelas y los padres de familia o alumnos, puedan conciliar y acordar condiciones de flexibilidad para realizar los pagos, que pueden ir desde parcializarlos, meses sin intereses, cuota reducida o alguna otra modalidad que sea conveniente a las partes.
Ante este panorama, la Profeco detalló que las escuelas, en su mayoría, han implementado clases en línea para continuar con los cursos. El cobro de las colegiaturas correspondientes a marzo y abril tendría que ser considerado bajo circunstancias especiales, dado que la clase virtual reduce gastos en servicios de luz, agua y otros para los planteles.
“Los colegios cuentan con los medios virtuales para poder conciliar con los consumidores sin tener que desplazarse físicamente”.
A su vez, el organismo público reiteró que la emergencia sanitaria no es pretexto ni libera al consumidor de sus obligaciones de pago, ya que no recibe clases debido a una causa de fuerza mayor.
Por último, la Profeco recalcó que estará atenta para atender las quejas que pudieran presentarse ante esta eventualidad y favorecer la conciliación entre las partes.