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MÉRIDA, Yuc., 25 de mayo de 2022.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la validez de las modificaciones a la Norma Oficial Mexicana relativa a la violencia familiar, sexual y contra las mujeres, entre las que se establece el derecho a las mayores de 12 años víctimas de violación a interrumpir voluntariamente el embarazo.
Durante la sesión pública de este martes, la mayoría del Pleno del máximo tribunal del país reconoció la validez, entre otros, del punto 6.4.2.7, relativo al aborto por violación, de la NOM-190-SSA1- 1999, prestación de servicios de salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar, la cual fue modificada para quedar como NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.
Este apartado, recordó el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, establece que “en caso de embarazo por violación, las instituciones públicas, prestadoras de servicios de atención médica, deben prestar servicios de interrupción voluntaria del embarazo, previa solicitud, por escrito bajo protesta de decir verdad, y tratándose de personas menores de 12 años de edad, a solicitud de su padre, madre o tutor, sin que el personal de salud esté obligado a verificar su dicho”.
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