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CIUDAD DE MÉXICO, 8 de julio de 2022.- El Servicio de Administración Tributaria no ha exigido a las empresas ni a las personas asalariadas la emisión de la Constancia de Situación Fiscal, aclaró la jefa de la institución, Raquel Buenrostro Sánchez en conferencia de prensa matutina con el presidente Andrés Manuel López Obrador.
“La factura timbrada lo único que debe contener es el código postal y el nombre correcto del trabajador. Si tienen el nombre correcto y el código postal, el patrón no tiene por qué hacer exigible la constancia de situación fiscal para timbrar la nómina, para emitir la nómina. Una cosa es la materia fiscal y otra es la materia laboral. Ningún empleador puede condicionar el pago de un trabajo ya devengado por un trámite administrativo de ningún tipo”, explicó.
La titular de la dependencia indicó que, si un empleador condiciona el pago por no entregar la Constancia de Situación Fiscal, es posible denunciarlo ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) en el correo electrónico: [email protected]; en su sitio web y en las líneas del Call Center y Atención Ciudadana: 800 717 29 42 y 800 911 78 77, así como en la de la oficina central: 55 59 98 20 00, extensión 44740 y 44741.
Informó que esta controversia se originó por una modificación a la miscelánea fiscal en la que se estableció que, además del RFC, el SAT verificaría el nombre o la razón social y el código postal con el propósito de evitar que las empresas factureras emitieran nóminas inexistentes, comúnmente conocidas como fantasma.
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