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MÉRIDA, Yuc., 19 de agosto de 2021.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso del Estado de Yucatán reponer el procedimiento legislativo respecto al dictamen que fue votado de manera secreta en 2019 sobre el reconocimiento del matrimonio igualitario.
Mediante un comunicado indicaron que esto es con la finalidad de que “sea sometido a la consideración de las y los legisladores para su votación de manera pública y nominal, es decir, cada diputada y diputado deberá externar su decisión de acuerdo con el Reglamento de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo del Estado de Yucatán”.
Se indicó que en el fallo de los amparos 25/2021 y 27/2021 de los Ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Juan Luis González Alcántara Carrancá, respectivamente, considera que la imposición de una votación por cédulas secretas es inconstitucional por ser violatoria de los principios de legalidad y seguridad jurídicas y contraviene la legislación orgánica y reglamentaria del propio Congreso.
“Además, la Primera Sala concluyó que haber usado el sistema de cédulas secretas, sin haber justificado razonablemente su aplicación, transgrede por sí mismo los derechos a la libertad de expresión en su vertiente política, acceso a la información y la participación activa en los asuntos públicos del Estado de las personas solicitantes de amparo”.
Con esto, la Primera Sala instruyó al Congreso del Estado de Yucatán a dejar sin efectos la imposición del mecanismo de votación por cédula sobre el dictamen abordado el pasado 15 de julio de 2019.