Busca Cecilia Patrón un crecimiento ordenado para Mérida
MÉRIDA, Yuc., 7 de noviembre de 2022.- De acuerdo con Eduardo Monsreal Toraya, integrante del Observatorio de Movilidad Sostenible de Mérida, la llegada de Uber Moto a la ciudad significa competencia desleal para mototaxistas y precarización del transporte público bajo pedido porque eleva el riesgo de una lesión grave, incluso, la muerte.
El especialista indicó que el servicio que ya está brindando la empresa estadounidense ni siquiera está contemplada en la Ley de Movilidad y Seguridad Vial de Yucatán, que entró en vigor en septiembre pasado y tampoco encaja en las definiciones y requisitos de un servicio de transporte mediante plataforma tecnológica o servicio alternativo.
Explicó que el artículo 145 de la ley mencionada señala que, para prestar el servicio de transporte mediante plataforma tecnológica, el vehículo debe ser de cuatro ruedas, “por lo que de entrada como servicio de plataforma no entra y en el caso de servicio alternativo, el servicio debe ser por micro vehículos”.
También indicó que la ley define a los mototaxis, motocarros y vehículos eléctricos como micro vehículos, “pero no hace referencia a las motocicletas. Al menos en esta definición hace referencia a vehículos muy pequeños y a la hora de definir mototaxis y motocarros hace referencia a vehículos de tres ruedas”.
Dijo que si el Instituto de Movilidad y Desarrollo Urbano Territorial (IMDUT) quisiera englobar a Uber Moto como un medio alternativo, tampoco podría cumplir fielmente el servicio porque “una de las condiciones para presar el servicio, es que esté acotado a ciertas áreas de influencia, donde no compitan con el transporte público”.
Monsreal Toraya indicó que el servicio de Uber está fuera de norma porque no está claro en qué categoría entraría, ya que tampoco a nivel nacional y mundial las motocicletas no están consideradas como un micro vehículo, porque en esta categoría la unidad no debe ir a más de 45 km/h, algo que evidentemente las motos superan.
“De nuestra parte, lo ideal sería que no se permitiera, pero ya está en operación, entonces la recomendación es que sí se reconozca, pero sí con una serie de restricción de operación y condiciones. Nosotros somos partidarios de que se les imponga altas cargas tributarias esto con el fin de desalentar su uso”, mencionó el especialista.