![](https://yucatan.quadratin.com.mx/www/wp-content/uploads/2025/02/ayuntamiento-107x70.jpg)
Anuncia Semujeres actividades para fortalecer el tejido social
MÉRIDA, Yuc., 9 de septiembre de 2020.- En la actualidad, Mérida ocupa el lugar 50 entre los 100 municipios con más feminicidios, es decir, 0.60 por ciento de delitos por cada 100 mujeres, señaló la diputada de Movimiento Ciudadano, Milagros Romero Bastarrachea, al presentar una nueva iniciativa en materia de feminicidio.
Durante la Sesión Ordinaria de este miércoles la legisladora destacó que “la violencia es consecuencia de la desigualdad y de la discriminación de género” por ello proponen reformas al Código Penal del Estado con el fin de incrementar las penas y establecer nuevas conductas para tipificar el feminicidio”.
“Muchas mujeres siguen siendo acosadas y amenazadas por hombres cercanos a ellas, nosotras legislamos a partir de esta realidad, buscamos visibilizar los hechos, darle herramientas a las autoridades para que puedan proceder y establecer las agravantes en los casos de feminicidio”.
De acuerdo con la información que dio a conocer la legisladora, esta iniciativa propone incluir como antecedentes de violencia los aspectos políticos y comunitarios, además de los ya contemplados en la Ley.
En cuanto a las sanciones, se propone incrementar las actuales, tanto mínima como máxima, hasta en una tercera parte si el delito se le suministran estupefacientes o psicotrópicos a la víctima.
También se propone ampliar el término “razones de género”, considerado que es necesario actualizar más de dos circunstancias para que el tipo penal sea aplicable.
De la misma manera se incluiría dos nuevas conductas que son “depositar” y “arrojar”, como términos que señalan la intención de desaparecer el cadáver de la víctima o bien de colocarlo en lugares denigrantes o degradantes.
Igual se contempló la existencia de alguna relación de superioridad o subordinación entre el sujeto activo y la víctima como lo puede ser en el ámbito laboral o docente.
La iniciativa también incluye las amenazas que no se realizan directamente hacia la víctima, sino que, pudieran ser afectadas hacia personas del entorno cercano a esta.
La modificación anterior permite la posibilidad que el Ministerio Público como autoridad investigadora, sustente como evidencias las amenazas a la integridad de la víctima hechas a personas de su entorno inmediato.