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MÉRIDA, Yuc., 29 de enero de 2025.- En una sentencia inédita para garantizar el respeto a la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado, y en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Xalapa, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán determinó que el ejercicio del cargo de una regidora en Motul no puede ser limitado indebidamente.
El TEEY resolvió en el JDC-78/2024 revocar el Punto de Acuerdo en el que se impidió la participación de una regidora de Morena, dejando sin efecto lo aprobado en dicha sesión de cabildo. En consecuencia, se conminó al Presidente Municipal de Motul a convocar de inmediato a sesión extraordinaria y someter nuevamente a discusión y aprobación el Punto de Acuerdo, asegurando el derecho de la edil a hacer uso de la voz.
Durante la misma sesión, el Pleno del Tribunal resolvió el Recurso de Apelación 009/2024, promovido por el Partido Acción Nacional (PAN) contra la resolución del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán (IEPAC), en la que se buscaba la remoción de la Consejera Presidenta del Consejo Electoral de Ucú. Tras el análisis de los argumentos presentados, se determinó que los agravios eran infundados e inoperantes, por lo que se confirmó la resolución impugnada.
Con la determinación sobre el caso en Motul, el Tribunal Electoral sienta un precedente clave en la protección de los derechos políticos de los integrantes de los ayuntamientos, reforzando los principios de legalidad y asegurando que las decisiones municipales se tomen con plena inclusión y conforme a derecho.