Aprueban comisiones del Congreso total despenalización del aborto en CDMX
MORELIA, Mich., 2 de junio de 2020.- Agravar las penas a quien comete el delito de peligro de contagio y considerar agravantes cuando se trate de una enfermedad incurable o que provoque la muerte de otra persona, propuso el diputado Norberto Antonio Martínez.
De prosperar su propuesta quien cometa el delito de peligro de contagio, con conocimiento de que padece una enfermedad curable grave, en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, siempre que el sujeto pasivo no tenga conocimiento de esa circunstancia, se le impondrá una pena de seis meses a tres años y de cincuenta a doscientos veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa.
En el caso de que la enfermedad padecida fuera incurable, se propone imponer de uno a seis años de prisión y de doscientos a mil doscientos veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización de multa.
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