Aprueban en lo general eliminación de 7 órganos autónomos
CULIACÁN, Sin., 22 de febrero de 2024.- El artículo 244 párrafo tres de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que el Presidente del Consejo General podrá solicitar a las autoridades competentes los medios de seguridad personal para los candidatos que así lo requieran, informó el vocal Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, Jorge Luis Ruelas Miranda.
Señaló que esto entraría en vigor una vez que sean aprobadas las candidaturas y hasta que culmine la contienda electoral el próximo 2 de junio.
En el caso de candidatos para presidente de la república, Ruelas Miranda explicó que la ley electoral da un tratamiento distinto, ya que la seguridad se brinda desde el momento que de acuerdo con los movimientos internos de su partido, se ostenten con tal carácter, por lo que los tres candidatos ya cuentan con seguridad federal.
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