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CIUDAD DE MÉXICO, 29 de diciembre de 2021.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 134/2021 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, al interés superior de la niñez, a la vida y al acceso a la información en materia de salud, en agravio de una persona recién nacida y sus familiares directos, atribuibles a personal médico del Hospital General Regional número 72 (HGR-72) “Lic. Vicente Santos Guajardo” en el municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
El 20 de noviembre de 2018, este Organismo Nacional recibió una queja en la que la víctima promovente señaló que su hijo estuvo internado en el HGR-72 del IMSS desde su nacimiento el 6 de septiembre y hasta el 3 de noviembre del mismo año y, por falta de una adecuada atención médica, se comprometió su estado de salud.
Se detalló en la queja que la víctima directa neonata fue trasladada al Centro Médico Nacional “La Raza” del IMSS en donde lo encontraron condatos de sepsis abdominal, por lo que fue reportado muy grave y, posteriormente, falleció el día 28 de ese mismo mes y año con los diagnósticos de muerte por “choque séptico refractario, sepsis con foco abdominal, dehiscencia de herida quirúrgica e infección de herida quirúrgica”.
De la investigación realizada por este Organismo Nacional se lograron documentar y acreditar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, al interés superior de la niñez y a la vida, atribuibles a seis personas servidoras públicas claramente identificadas, que forman parte del personal médico adscrito al HGR-72 y que estuvieron involucradas en la atención de la persona víctima recién nacida.
La CNDH observó que el personal médico omitió brindar a la víctima la atención adecuada y ello se tradujo en una mala práctica médica. Se documentó que la víctima nació con 35 semanas de gestación y presentó bradicardia fetal – una frecuencia cardiaca menor a 120 latidos por minuto en recién nacidos – fue valorado con dificultad respiratoria y se acreditó que hubo una dilación en la valoración especializada y tratamientos quirúrgicos practicados posteriormente, ya que aun cuando se presentó sintomatología abdominal desde el 15 de septiembre, fue hasta el siguiente día que solicitaron el traslado a un tercer nivel de atención.
Se comprobó, además, que la valoración del especialista en cirugía pediátrica se realizó de forma tardía, hasta 48 horas después de iniciados los síntomas, tiempo suficiente para que el intestino presentara cambios catastróficos e irreversibles con necrosis del 95%, complicación que ameritó intervención quirúrgica en tres ocasiones, lo cual ensombreció su pronóstico.
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