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CIUDAD DE MÉXICO, 31 de agosto de 2025.- La imposición de medidas cautelares a quien se le imputa un delito tiene como fin asegurar el proceso penal, la no obstaculización del mismo y brindar seguridad a la víctima, afirmó el juez del control Édgar Campos Burgos, del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), presidido por el magistrado Rafael Guerra Álvarez.
Al subrayar que estas coadyuvan a que el delito no quede impune, se repare el daño a la víctima y se llegue a la verdad jurídica, explicó que las medidas cautelares únicamente pueden ser impuestas por el juez de control, cuando el imputado es vinculado a proceso por el delito que se le imputa o bien en ese momento si es que solicita la ampliación del plazo constitucional para que le sea definida su situación jurídica, y que estas pueden implicar la restricción de derechos personales e incluso fundamentales, las cuales están previstas en el Código Nacional de Procedimientos penales.
El juez precisó que el citado código estipula 14 medidas cautelares, las cuales tienen diferentes objetivos, entre estos, proteger a la víctima, como es la prohibición al imputado acercarse a esta; garantizar la presencia del imputado en el proceso, como la prohibición de salir del país, y otras como la prisión preventiva e incluso la inmovilización de cuentas bancarias.
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