México recibe 48,667 millones en remesas hasta septiembre: TResearch
MORELIA, Mich., 6 de abril de 2020.- Por la omisión del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, de emitir resoluciones de carácter general relacionadas con las acciones de condonar o eximir total o parcialmente el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo diferido o en parcialidades, el juzgado tercero de distrito de San Luis Potosí otorgó amparo a una Sociedad Anónima de aquella entidad.
La sociedad inició el juicio de amparo indirecto 293/2020 en contra del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y otras autoridades por esa omisión que, de acuerdo con el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación aplica “…cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias”.
Sigue leyendo en Quadratín Michoacán