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CIUDAD DE MÉXICO, 14 de abril de 2021.- El registro de datos biométricos en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM) para fines de identificación de la población requiere del mayor cuidado posible, ya que podría representar riesgos para la protección de los datos personales, advierte el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
La minuta de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada en el Senado de la República, busca otorgar atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para la instalación, operación, regulación y mantenimiento del PNUTM, con la finalidad de colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad pública y justicia, ante la comisión de delitos cometidos por usuarios de la telefonía móvil.
De acuerdo con la minuta aprobada, el padrón contendrá los siguientes datos: 1) número de línea de telefonía móvil; 2) fecha y hora de activación de la línea telefónica móvil; 3) nombre completo, denominación o razón social del usuario; 4) nacionalidad; 5) número de identificación oficial y Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular de la línea; 6) datos biométricos del usuario (persona física) o de su representante legal (persona moral); 7) domicilio del usuario; 8) datos del concesionario de telecomunicaciones; 9) esquema de contratación de la línea, y 10) avisos de actualización de información, por lo que se considera que podrían generarse riesgos al derecho a la protección de datos personales de los titulares.
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