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CIUDAD DE MÉXICO, 18 de marzo de 2022.- Los magistrados de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvieron que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, sí violó la ley al realizar propaganda gubernamental y personalizada en tiempo prohibido durante el evento que realizó el pasado 1 de diciembre con motivo de su Tercer Informe de Gobierno.
Sin embargo, al tratarse de una infracción y no de un delito, al Presidente sólo se le puede responsabilizar y darle medidas de no repetición de esta conducta, ya que el 108 constitucional le establece un régimen especial; aunado a que, de acuerdo a la ley, las autoridades electorales no pueden sancionar directamente a los servidores públicos.
Durante la sesión pública realizada este viernes, debatieron el proyecto del magistrado Luis Espíndola Morales, en el cual aclaró que, para resolver este caso no se tomaba en cuenta el decreto interpretativo sobre propaganda gubernamental aprobado por el Congreso y publicado apenas el pasado jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y que entró en vigor este viernes 18 de marzo.
De acuerdo al proyecto, se determinó existente la infracción ya que el presidente realizó estas conductas en tiempo prohibido pues ya estaban en marcha los procesos electorales de Aguascalientes, Durango, Oaxaca y Tamaulipas.
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