Indicador Político
El desarrollo humano penitenciario.
Gerardo A. Herrera Pérez.
El derecho al desarrollo establece que es un derecho humano inalienable en virtud del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de él.
De esta manera el desarrollo también se refiere a la prerrogativa de la que gozan las personas, tanto individual como colectivamente, para vivir con dignidad y que necesariamente presupone la realización de todos los derechos humanos, incluyendo desde luego los relacionados con los dos Pactos Internacionales, de igual manera precisa el fomento a la participación de todas las personas como una de sus características fundamentales.
En este sentido y derivado de las acciones colaborativas entre el Órgano Autónomo Constitucional de los Derechos Humanos y la Coordinación del Sistema Penitenciario, se llevó a cabo un recorrido por la Academia del Cuerpo de Custodios, así como, un evento de formación en materia de Desarrollo Humano al personal institucional de la Unidad Especializada para Adolescentes y Adultos Jóvenes.
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