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MÉRIDA, Yuc., 20 de noviembre de 2023.- El Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Yucatán aprobó una unanimidad el proyecto de acuerdo para la ratificación y en su caso, designación de un total de 72 personas que fungirán como consejeras y consejeros en los seis distritos electorales federales, para los procesos electorales federales 2023-2024 y 2026-2027
En sesión extraordinaria de Consejo Local y previo a la aprobación unánime del acuerdo, el consejero, Eduardo José de Jesús Alvizo Perera destacó que el proyecto permite la ratificación de consejerías para las que se aplicó el principio de paridad como un criterio flexible de optimización, en donde las mujeres representan un 55 por ciento de los consejos distritales.
Por otra parte, de los 72 espacios vacantes, 47.2 por ciento pertenecen a grupos en situación de vulnerabilidad histórica y 20 de ellas fungirán por primera vez como consejeras o consejeros, “lo que afirma nuestro compromiso de abrir espacios que fortalezcan la equidad en la participación ciudadana”
Recordó que, para llegar a estas designaciones, las y los consejeros “analizamos meticulosamente cada expediente para seleccionar a las personas idóneas. Paralelamente, las representaciones partidistas acreditadas tuvieron acceso a la lista de aspirantes para presentar observaciones.
En su intervención, el consejero Alonso Alejos Medina recordó que las consejerías entrarán en funciones a partir del 1 de diciembre próximo, por lo que las y los convocó a aplicar su disponibilidad de trabajar en equipo para poder efectuar las supervisiones que se requieran a fin de tener un mejor proceso electoral; realizar las supervisiones necesarias por los distritos, así como presenten sus respectivos reportes de verificación.
A su vez, el consejero Alejandro Alberto Burgos Jiménez pidió a las y los titulares de las consejerías distritales el estricto apego al artículo 79 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para que puedan cumplir con sus atribuciones como:
Determinar el número y la ubicación de las casillas en sus distritos electorales; insacular a los funcionarios de casilla conforme al procedimiento previsto en el 254 de la citada ley y, vigiar que las mesas directivas de casillas se instalen en los términos de la misma ley, así como acreditar a la ciudadanía mexicana que solicite participar como observadores durante el proceso electoral.
También, realizar los cómputos distritales y la declaración de validez de las elecciones de diputaciones federales por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional; realizar el cómputo de la elección de senadurías, tanto por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, así como el cómputo distrital de la votación para la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos.