Le colocan localizador electrónico por agredir a su expareja
MÉRDIA, Yuc., 13 de agosto de 2021.- Por considerar insuficientes las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado (FGE) y la parte demandante, el Juez Primero de Control, Rómulo Antonio Bonilla, dictó no vincular a proceso a los cuatro elementos de la Policía Municipal de Mérida por los delitos de homicidio calificado, tortura y violación del joven José Eduardo Ravelo, por lo que ordenó su inmediata libertad.
Explicó que la resolución del juicio no pone fin al caso, pues será tarea del Ministerio Público de la FGE quien amplíe la investigación y recabar más datos de prueba que no obtuvo durante el inicio, e incluso tiene tres días para apelar la decisión que tomó,
“La resolución se toma de forma conjunta, así lo establece la ley, se tomaron y anexaron muchas circunstancias, tan es así que llevó un poco de tiempo (más de 5 horas), en donde se revisaron todos los videos presentados, pero hay contradicciones y otros factores por los que no se vincularon a proceso”.
Expresó que los datos de prueba establecieron la detención de la hoy víctima el 21 de julio a las 10:30 horas, luego de la llamada de una persona que refirió que el joven le arrojó una piedra, lo que dio origen a la detención, esto en la calle 69 por 62 y 64 del Centro de esta ciudad. Luego de lo cual en los siguientes 4 minutos se le trasladó a la cárcel municipal.
“Sin embargo, las circunstancias de detención que narra la víctima no son coincidentes con el dato de prueba. No hay duda de que fue detenido por agentes municipales que ubican a los cuatro imputados en esa intervención, esas circunstancias no las paso por alto, ni que lo hayan realizado policías, sin embargo, este juzgador estima que el estándar probatorio establece datos de hechos que no prueban circunstancias, ni siquiera a manera de probabilidad, de que sean los imputados a quienes aludió la víctima en su narración y denuncia”, detalló durante el juicio.
El juez entró al análisis de fondo y determinó los hechos. Apuntó que los datos sí establecen la existencia de los tres delitos y su comisión en pandilla.
“Todo lo anterior con base en los datos presentados y la narración de los hechos realizada por la propia víctima directa ante el MP, donde hace una relación de hechos y menciona que agentes policiacos, además de causarle lesiones, le produjeron sufrimiento. Así como se tomó en cuenta la valoración del perito médico forense del 3 de agosto de 2021 plasmada en protocolo de necropsia y con la nota médica remitida por el hospital O´Horán. Igualmente consta la tortura agravada y violación en exámenes proctológicos”.
El Juez determinó que si bien quedaron acreditados los delitos, no existieron elementos de prueba suficientes para determinar que las personas presentadas tienen relación con la comisión de los mismos, por lo que ordenó su inmediata libertad.