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MÉRIDA, Yuc., 14 de mayo de 2020.- El Pleno del Congreso aprobó por unanimidad sancionar de 2 a 5 años de prisión o hasta 500 días de multa a quién incite a otros o agreda, discrimine o restrinja la libertad de tránsito a médicos, enfermeras y todos aquellos que laboren en alguna institución de salud pública o privada.
El diputado Luis Borjas Romero, presidente de la comisión de Seguridad y Justicia precisó que la declaración de emergencia sanitaria por el Covid 19 ha complicado el escenario para personal del sector salud, ya que sin importar en qué área laboren, el personal de la salud está siendo agredido e incluso lesionado por personas que temen contraer el virus.
“Si bien, no podemos actuar directamente en las áreas clínicas, si podemos crear medios que garanticen la integridad física del personal de salud, como son las y los médicos, las y los enfermeros, cirujanos, internistas, así como auxiliares, todo aquél que desempeñe alguna actividad dentro de los centros hospitalarios.
Añadió que el objetivo de la reforma es que haya penas más altas para estos delitos, sobre todo en momentos como el que se vive actualmente.
Durante su intervención el coordinador de la bancada del PRI, Felipe Cervera Hernández, refirió que momentos como este permiten reconocer la labor de médicos, enfermeras y todo el personal que trabaja en los hospitales públicos y privados durante esta emergencia sanitaria.
En tanto, el diputado Manuel Díaz Suarez señaló que a la fecha el CONAPRED ha registrado un total de 97 quejas por agresión a personal de salud, 18 por ciento de ellas han sido en las propias instituciones médicas, además recordó que el pasado 22 de mayo la Codhey hizo un llamado al Ejecutivo y al sector salud para garantizar la igualdad y no discriminación para estos trabajadores.
“La guerra en este momento es contra un virus, no contra un sector en particular, por eso nos toca proteger a quienes nos protegen, apoyar a quienes arriesgan su vida todos los días, desde aquí hago un llamado para que todos seamos empáticos con los trabajadores de la salud.”
De acuerdo con las adhesiones de los artículos 185 Bis y 385 Bis hechas al Código Penal, se estableció que se aplicarán sanciones de 2 a 5 años de prisión o hasta 300 días de multa a quién realice o incite a actos de discriminación, negación en la prestación de servicios públicos o privados, restrinja la libertad de tránsito o dañe la integridad emocional y psicológica del personal de salud.
En caso de que las agresiones generen lesiones no pongan en peligro la vida personal de salud y tarde en sanar hasta quince días, se le impondrán de 1 a 3 años de prisión o de 50 a 200 días-multa y de 50 a 100 días de trabajo comunitario a los agresores.
Si las lesiones tardan más de 15 días las sanciones van de 3 a 5 años de prisión y de 50 a 500 días de multa, en todos los casos, las penas se podrían incrementar hasta en un 50 por ciento si los actos se cometen en el marco de una emergencia sanitaria.