
Instan especialistas a mejorar hidratación en temporada de calor
MÉRIDA, Yuc., 11 de enero de 2021.- Desde el inicio de la contingencia sanitaria por Covid 19, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) tomó medidas preventivas para evitar el mal manejo de los residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI), clausurando 15 de las 143 empresas que se dedican al transporte, acopio, tratamiento y/o disposición final de estos desechos hospitalarios en el país, de las cuales una de ellas se encuentra en Yucatán.
A través de una publicación realizada en la revista Mi Profepa, la dependencia federal reveló que, por el inadecuado manejo de los RPBI, en total han sido clausuradas 15 empresas ubicadas en los estados de Puebla, Chihuahua, Querétaro, San Luis Potosí, Estado de México, Durango, Tlaxcala, Zacatecas, Jalisco, Michoacán y Yucatán, a quienes se les impuso medidas de urgente aplicación, pero que permitan seguir laborando en un corto tiempo, debido al incremento en la generación de estos residuos por los hospitales y clínicas.
¿Qué son los RPBI?
Los RPBI son aquellos materiales generados durante los servicios de atención médica en centros hospitalarios, clínicas, laboratorios clínicos, fijos, semifijos y ambulatorios, que contengan agentes biológico-infecciosos y que puedan causar efectos nocivos a la salud y al ambiente.
Según la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, son clasificados en cinco categorías: sangre y sus componentes, incluyendo células progenitoras, hematopoyéticas, fracciones celulares o acelulares; cultivos y cepas de agentes Biológico-Infecciosos; patológicos como tejidos, órganos y partes que se remueven o extirpan en necropsias, cirugías u otro tipo de intervención quirúrgica; residuos no anatómicos, como recipientes, jeringas plásticas y materiales de curación con sangre; así como objetos punzocortantes, como tubos capilares, navajas, agujas de jeringas, agujas hipodérmicas de sutura o bisturís, siempre que hayan estado en contacto con humanos, animales o sus muestras biológicas.
Por sus características particulares, cada residuo debe depositarse en distintos recipientes de color rojo o amarillo y su contenido requiere de un tratamiento específico para la desactivación de su potencial peligro.
La Procuraduría recordó que desde el pasado 8 de abril del 2020, emitió un Aviso a generadores y empresas prestadoras de servicios de RPBI´s, dirigido a los generadores de RPBI y titulares de autorizaciones para el transporte, acopio, tratamiento y/o disposición final de los residuos, con el objetivo de que cumplan todas las medidas establecidas por las autoridades sanitarias durante el periodo que dure la emergencia sanitaria
De igual forma, a inicios de mayo de 2020 la Profepa solicitó a mil 862 centros hospitalarios (entre los que se encuentran los 780 identificados como Hospitales COVID-19) y laboratorios clínicos, así como a los 143 prestadores de servicios involucrados en el manejo adecuado de tales residuos, que informen de manera voluntaria sobre la gestión que están llevando a cabo de sus RPBI.
En ese mismo sentido, la dependencia se coordinó en junio con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y Sector Salud, para impulsar que los hospitales y clínicas informen sobre el manejo y la gestión que realizan de sus RPBI.
Debido a lo anterior, la dependencia inició un programa de inspecciones para verificar el cumplimiento de sus obligaciones, realizando 182 visitas de inspección a hospitales y clínicas generadoras de RPBI, 92 de las 143 empresas que prestan el servicio de transporte, acopio, tratamiento o incineración de estos residuos en el país.
Como resultado de esta estrategia, 28 se han encontrado en cumplimiento de la regulación en la materia; 49 presentaron irregularidades que ameritan imponer medidas correctivas técnicas y administrativas, además de las 15 empresas clausuradas.
Del análisis de los resultados de las vistas, la Profepa identificó que algunas empresas de tratamiento e incineración no tienen la capacidad para manejar la cantidad de RPBI que se han generado desde el comienzo de la contingencia sanitaria, por lo que llamó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), revisar si las empresas autorizadas para esta labor se encuentran en correcta operación.
Cabe destacar que el almacenamiento de los RPBI debe realizarse en una área separada de pacientes, almacén de medicamentos y materiales para atención de pacientes, cocinas, comedores, instalaciones sanitarias y oficinas, misma que requiere la señalización para aludir su peligrosidad y debe estar techado, sin riesgos de inundación e ingreso de animales.
Según su peligrosidad y la clasificación del generador de residuos, el tiempo de almacenamiento será como máximo de 30 días para generadores Nivel I, 15 días para los Nivel II y 7 días para los Nivel III.