Disminuye número de casos de dengue en Yucatán
GUADALAJARA, Jal., 24 de abril de 2020.-Uniendo las propuestas de diferentes bancadas en el Congreso del estado, los diputados locales reformaron los artículos 202 Bis y 203 del Código Penal del Estado de Jalisco, para establecer el incremento de sanciones a quienes agredan al personal del sistema de salud pública o privada, al de atención de emergencias, al personal de seguridad pública o de protección civil y bomberos en cumplimiento de sus funciones.
En la reforma impulsada por los diputados Gerardo Quirino Velázquez Chávez y Daniel Robles de León, la sanción para quien atente contra la dignidad humana, los derechos, libertades o seguridad de las personas del Sistema de Salud Pública y Privada será entre 100 a 200 UMAS, es decir de 8 mil 688 hasta 17 mil 376 pesos. De igual manera se sancionará a quien agreda, obstruya, impida o trate de impedir el correcto desarrollo de sus actividades del personal en mención.
En caso de reincidencia de los actos delictivos, se tendrá una pena de 1 a 3 años de prisión; en caso de lesiones que no pongan en peligro la vida de dichos trabajadores se castigara con 2 a 5 años de presión; en caso de lesiones que pongan en peligro la vida de la víctima se sancionara al agresor con hasta 6 años de prisión y cuando las lesiones calificadas se cometan por odio motivado por su profesión se sancionará al violentador con hasta 8 años 4 meses de encarcelamiento.
Seguir leyendo en: Quadratín Jalisco