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MÉRIDA, Yuc., 27 de abril de 2023.- Con mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales los artículos 68 párrafo tercero y 20, párrafo segundo de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán.
Además, con nueve votos a favor, uno en contra y uno concurrente, también se declaró inconstitucional el artículo sexto transitorio de la misma Ley y que hace referencia al retiro de los magistrados con 15 años cumplidos o por cumplir luego de que se publicó el decreto en el Diario Oficial del Estado.
De acuerdo con la ministra ponente, Loretta Ortíz Ahlf, la norma cumplía con la regulación para ser declarada inválida al hacer referencia a los magistrados que en su momento estaban en funciones.
Si bien señalaron inválido el artículo, se aclaró que al menos ocho magistrados se acogieron al retiro anticipado, por lo que no habría efectos retroactivos, es decir, no se reincorporarán a sus funciones, sin embargo, los tres que promovieron amparos podrán continuar en sus funciones.