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MÉRIDA, Yuc., 3 de febrero de 2024.- El Pleno del Tribunal Superior de Justicia aprobó y ordenó presentar ante el Congreso del Estado una iniciativa que, entre otras propuestas, modifica la designación de magistraturas, con el propósito de que las personas nominadas para ocupar dichos cargos sean designadas por dicho Pleno.
Según se informó por medio de un comunicado de prensa, la propuesta se fundamenta en estándares internacionales y recomendaciones de organismos como la ONU y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y destaca la importancia de la independencia judicial y la división de poderes en la selección y nombramiento de los miembros de los Tribunales Superiores de Justicia.
La reforma modifica el artículo 69 fracción VIII de la Constitución Política de Yucatán, que actualmente confiere al Poder Ejecutivo la facultad de proponer candidatos para las magistraturas vacantes. La iniciativa tiene como objetivo fortalecer la autonomía e independencia judicial al establecer un proceso que considera méritos, experiencia en la impartición de justicia, carrera judicial, así como honradez, competencia y antecedentes en otras ramas de la profesión jurídica al seleccionar a los candidatos.
La iniciativa entregada el día de ayer en la sede del Legislativo para el análisis de los legisladores fue aprobada por mayoría de votos en la pasada sesión plenaria del Tribunal Superior de Justicia, buscan fortalecer el principio de división de poderes establecido en nuestra Constitución federal, promoviendo un avance hacia un estado más democrático.
Además, entre las reformas propuestas se contempla un cambio en la formación de Precedentes jurídicos así como la facultad del Pleno del Tribunal Superior para decidir el incremento del número de integrantes del Consejo de la Judicatura del propio Poder Judicial, con base en un análisis de las áreas técnicas para el fortalecimiento de la estructura y eficacia del sistema judicial en Yucatán.
La propuesta sugiere que el Pleno del Tribunal Superior de Justicia sea responsable de determinar ajustes en el número de integrantes en diversos órganos judiciales, asegurando que no sea inferior al establecido en la Constitución. Esto se basa en la capacidad del Pleno para evaluar las necesidades del servicio jurisdiccional y ajustar la composición de estos órganos de manera autónoma, considerando condiciones presupuestales.