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MÉRIDA, Yuc., 25 de febrero de 2026– Un trabajador de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) fue señalado por presuntamente desacatar una orden judicial al realizar el corte del suministro eléctrico en un domicilio de la colonia Mulsay, en el poniente de Mérida, donde habita un adulto mayor con cáncer que depende de un respirador de oxígeno.
De acuerdo con Karim Hadad, abogado del despacho defensa contra la CFE y representante legal de la familia afectada quienes pidieron conservar el anonimato explicó que el corte se efectuó el pasado 17 de febrero, pese a que existía una medida cautelar otorgada por un juez federal dentro del juicio oral mercantil 1824/2026, en la que se ordenaba expresamente la no suspensión del servicio hasta la resolución del proceso.
Según el abogado, la medida fue notificada y colocada en el exterior del domicilio para evitar cualquier interrupción del suministro. Sin embargo, el ingeniero identificado con las iniciales V.G., adscrito a CFE Distribución, procedió con la desconexión aun después de que la familia le mostró la orden judicial y le explicó que en el interior del inmueble se encontraba un paciente conectado a un respirador.
“La señora salió y le dijo: ‘¿Estás viendo que hay una orden del juez? Ya entraste a la casa, viste que tiene un respirador, no puedes cortar’”, relató Hadad.
Añadió que una abogada del despacho se comunicó vía telefónica con el trabajador para advertirle sobre la medida cautelar, pero este respondió que tenía instrucciones de efectuar el corte y continuó con la suspensión del servicio.
El abogado calificó la actuación del empleado como una conducta individual que debe investigarse.
“Esta persona que se burló de una orden del juez, de un adulto mayor con cáncer y un respirador, no merece trabajar allá”, expresó, al tiempo que pidió que la empresa determine si hubo responsabilidad administrativa y aplique las sanciones correspondientes.
La defensa también cuestionó que, tras el corte, el servicio fuera reconectado horas más tarde.
“Si CFE tenía derecho a cortar, ¿por qué reconecta al día siguiente? Y si no tenía, ¿alguien va a sancionar este abuso?”, planteó Hadad.
De acuerdo con el artículo 165 de la Ley de la Industria Eléctrica, la suspensión del suministro sin causa justificada puede ser sancionada con multas de diez mil a cincuenta mil salarios mínimos.
El caso se originó tras una revisión realizada en enero, en la que la CFE determinó un presunto “uso indebido por alteración o derivación afectada” y estableció un ajuste de facturación superior a 64 mil pesos. La familia impugnó el cobro por considerarlo irregular y obtuvo la medida cautelar que impedía el corte mientras se resolvía el juicio.
Hasta el momento, la CFE no ha emitido una postura pública sobre la actuación del trabajador señalado. La defensa anunció que buscará que se revisen los hechos y se determinen responsabilidades, al considerar que la interrupción del servicio puso en riesgo la salud y la vida del adulto mayor.




