Invita Teletón a participar en el evento CRIT Yucatán
MÉRIDA, Yuc., 21 de julio de 2026.– La Sala Colegiada Civil y Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) emitió una resolución histórica al reconocer el concubinato entre una pareja del mismo sexo, fortaleciendo la protección de los derechos de la diversidad sexual en Yucatán.
El fallo, aprobado por unanimidad, derivó en la publicación de dos precedentes obligatorios en el Diario Oficial del Estado:
El caso se originó tras la demanda de una persona que solicitó el reconocimiento del concubinato con su pareja fallecida, con el fin de ejercer los derechos derivados de esa unión. En primera instancia, un juez había declarado improcedente la acción, argumentando falta de publicidad y notoriedad, además de dar peso a testimonios familiares que negaban la orientación sexual del occiso.
La apelación fue resuelta por el órgano colegiado con base en el proyecto de la magistrada María Carolina Canto Valdés, quien subrayó que los prejuicios y la falta de aceptación social no pueden ser utilizados para negar vínculos afectivos.
“Históricamente, las personas LGBTI+ han enfrentado contextos de rechazo y discriminación que las llevan a mantener reservada su vida afectiva. La falta de validación familiar no puede ser requisito para negar la existencia del concubinato”, sostuvo la magistrada.
Respecto al segundo precedente, la Sala determinó que un vínculo laboral no invalida automáticamente una relación sentimental, tras valorar pruebas como registros de seguridad social y testimonios que acreditaban cuidados personales y un proyecto de vida en común.